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Procedimiento Canal Denuncias


1. Objetivo

 El presente documento tiene como objetivo establecer un canal de comunicación para la recepción de denuncias relacionadas con incumplimientos normativos en la UNIVERSIDAD EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES (UEMC en adelante).Se establece este documento para garantizar que, de presentarse una actuación en UEMC contraria a la ley, ésta será tratada de forma profesional y confidencial, adoptando las medidas oportunas para proteger los intereses de la Entidad y asegurar el cumplimiento efectivo de la ley.

 2. Alcance

Cualquier consejero, trabajador, alumno, familiar de un alumno, proveedor o colaborador de la UEMC podrá denunciar un incumplimiento normativo a través del Canal de Denuncias establecido.

 3. Órgano de control: Dirección de Buen Gobierno, Integridad y Transparencia ( BIT )

La Dirección de Buen Gobierno, Integridad y Transparencia es el órgano al que todas las partes con interés legítimo deben dirigirse para comunicar cualquier posible incumplimiento normativo, tanto si les afectan personalmente como si afectan a terceros.

 4. Procedimiento de comunicación de actuaciones irregulares

 La persona que tuviese conocimiento de una irregularidad en la UEMC podrá comunicarlo a través de las siguientes vías:

a) De forma personal y verbal ante la Dirección BIT, que se encargará de recogerla por escrito, junto con la firma del denunciante.
b) Mediante carta dirigida a la BIT.
c) Por correo electrónico a la siguiente dirección denuncias@uemc.es , a la que tiene acceso exclusivamente la dirección del área de Buen Gobierno, Integridad y Transparencia de la UEMC.
 d) A través del formulario de la página web.

 En cualquier caso, la comunicación debe ser lo más descriptiva y detallada posible, facilitando de esta forma al receptor la identificación de la conducta potencialmente irregular y de la/las persona/s o áreas/departamentos/servicios implicados.

 4.1 Requisitos mínimos de la denuncia
 Para que pueda ser considerada como tal y disponer de una serie de elementos mínimos para que se produzca la posterior investigación en caso de que sea necesaria, la comunicación de la denuncia contendrá en la medida de lo posible, la siguiente información.
Descripción del evento sospechoso de manera detallada, consignando:

 e) En qué consiste la conducta potencialmente irregular.
f) Posibles personas implicadas.
g) Fechas aproximadas de ocurrencia.
h) Medios en que se ha realizado la posible conducta ilícita.
i) Área/Departamento/servicio de actividad afectada.
j) Daños producidos ( personales y/o materiales), con el mayor grado de concreción.
 k) Cuando sea posible se aportarán documentos o evidencias de los hechos.

 4.2 Actuación e investigación

 Cuando se comunique algún incumplimiento a la Dirección de BIT, ésta estudiará el caso en cuestión en el plazo máximo de 15 días laborables ( que podrá prorrogarse a 30 días laborables , si la complejidad del asunto lo precisará ), analizando si se ha producido tal incumplimiento. En el proceso de análisis, escuchará a las partes implicadas en el conflicto. Una vez analizada la situación, elaborará un informe escrito, que elevará al Consejo de Administración para que tome las medidas oportunas. Si el tema debatido afectara a algún miembro del Consejo de Administración, éste no podrá votar ni estar presente en las deliberaciones.

 5. Protección de los denunciantes y de los denunciados

La Dirección de BIT velará por que no se produzca ningún tipo de represalia sobre aquél o aquéllos que hubiesen planteado de buena fe sus consultas, denuncias o quejas. Si desde la UEMC se confirmase que dichas personas han sufrido algún tipo de represalia, los autores de las mismas serán objeto de investigación y, en su caso, de sanción.Igualmente, la Dirección BIT garantizará en todos los casos la máxima confidencialidad en los procesos de investigación de las denuncias recibidas, a los efectos de proteger la identidad de los denunciados y su reputación en el seno de la organización, informando, tan sólo, a las personas estrictamente necesarias en el proceso.

Información Protección de Datos Canal de Denuncias

UNIVERSIDAD EUROPEA MIGUEL DE CERVANTES S.A. (en adelante UEMC) es el responsable del tratamiento de los datos personales del Interesado y le informa de que estos datos se tratarán de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (GDPR), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

Finalidad del Tratamiento: Gestión del canal de denuncias habilitado por el responsable que nos permitirá tramitar las correspondientes irregularidades notificadas a través de este, y decidiendo sobre la procedencia de iniciar una investigación, al objeto de detectar posibles delitos y prevenir la imposición de cualquier tipo de responsabilidad a UEMC, así como para evitar cualquier tipo de conducta contraria a la normativa interna o externa de la entidad.

Legitimación: El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal del responsable de tratamiento (GDPR, art. 6.1.c) en base al artículo 8 de la Ley 3/2018 y la Ley 7/2021;

Tratamiento de los datos personales: Los datos serán tratados de acuerdo con las especificaciones del La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de la lucha contra la corrupción y de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 3/2018 limitándose el acceso a quienes desarrollen las funciones de control interno y cumplimiento y aplicándose las medidas necesarias para preservar la identidad y garantizar la confidencialidad de los datos correspondientes a las personas afectadas por la información suministrada.

Criterios de conservación de los datos: de acuerdo con lo establecido en la legislación, sus datos se conservarán durante un plazo máximo de tres meses tras la notificación de la irregularidad si los hechos no hubieran sido probados y siempre que no resulten necesarios para otras finalidades o a efectos probatorios del debido control y supervisión en la prevención de delitos. En caso de que los hechos sí resulten probados o con indicios suficientes, los datos se conservarán en tanto sea necesario para el ejercicio por parte de la entidad de sus derechos ante los tribunales de justicia, y cuando ya no sea necesario para ello, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la anonimización de los datos o la destrucción total de los mismos.

Comunicación de los datos: los datos serán comunicados al Director del área de buen gobierno, como órgano autónomo que lleva a cabo el seguimiento y control del Código Ético y que lleva a cabo la gestión del canal. Los datos no se comunicarán a ningún otro tercero salvo obligación legal. Su identidad será reservada no siendo comunicada a personas a las que se refieren los hechos ni a terceros y siendo sólo revelada en caso necesario a autoridad judicial, ministerio fiscal o autoridad administrativa competente.

Derechos que asisten al Interesado: tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como otros derechos, que podrá encontrar en la Política de Privacidad de esta página web. Podrá ejercer estos derechos dirigiéndose a UEMC con domicilio en c/ Padre Julio Chevalier, n°2, Valladolid (47012) E-mail: dpd@uemc.es .

Igualmente, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control (www.aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente